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Incorporación autónomos al Sistema Red

Los autónomos tienen que incorporarse al Sistema Red

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que están fuera del Sistema RED tendrán que incorporarse al mismo en el plazo de 6 meses (es decir, antes del 31 de agosto de 2018) desde la entrada en vigor de la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo (publicado en BOE el 6 de marzo de 2018), que modifica la Orden ESS/484/2013, que regula el Sistema de remisión electrónica de datos de la Seguridad Social (Sistema RED). Para ello han de presentar en la TGSS una copia del DNI., así como la documentación que acredite que está dado de alta como autónomo y una solicitud de autorización para acceder al sistema (también a presentar en otras dependencias de la Administración de la Seguridad Social).

Asimismo, los incluye de forma obligatoria al Sistema de notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social, mediante su comparecencia en SEDESS, con un plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Orden ESS/214/2018 (antes del 31 de mayo de 2018).

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